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TEMA 5

Tema 5 · Procesos selectivos

Temario completo y gratuito sobre procesos selectivos en la Administración Pública para oposiciones AGE: principios de acceso, requisitos, sistemas selectivos y órganos de selección. Con test de práctica incluido.
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Contenido de este tema
1. Los principios que rigen el acceso al empleo público2. Requisitos para poder opositar3. Los sistemas selectivos4. La Oferta de Empleo Público5. Los órganos de selección6. El desarrollo del proceso y la toma de posesión7. Promoción interna y movilidad8. El régimen de incompatibilidades

1. Los principios que rigen el acceso al empleo público

Idea claveTres principios constitucionales (igualdad, mérito y capacidad) y varios más que añade el EBEP. Todo el sistema de oposiciones se construye sobre ellos.

El acceso al empleo público no es libre ni discrecional: está sujeto a principios de rango constitucional. El artículo 23.2 reconoce el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Y el artículo 103.3 remite a la ley la regulación del acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.

Esos tres —igualdad, mérito y capacidad— son el núcleo. Igualdad significa que todos parten de las mismas condiciones; mérito, que se valora lo que has demostrado; y capacidad, que se selecciona a quien está en mejores condiciones de desempeñar el puesto.

Los principios que añade el art. 55.2 EBEP

Qué significa la discrecionalidad técnica

Es una garantía a favor del criterio especializado del tribunal: se presume que sus valoraciones técnicas son acertadas, y un juez no va a sustituir la nota que te pusieron por otra que le parezca mejor.

Pero no es un cheque en blanco. Esa presunción cede en tres supuestos: error patente (un fallo evidente y demostrable), arbitrariedad (decisiones sin fundamento razonable) y desviación de poder (usar la potestad para un fin distinto del previsto). Fuera de esos casos, el criterio del tribunal prevalece.

Cuidado en el examenDiscrecionalidad técnica NO significa que las decisiones del tribunal sean irrecurribles. Significa que su juicio técnico se presume acertado, salvo error patente, arbitrariedad o desviación de poder.

2. Requisitos para poder opositar

Idea claveCinco requisitos generales del art. 56. El de la edad y el de no haber sido separado del servicio son los que más se preguntan.

Requisitos generales (art. 56 EBEP)

Acceso de extranjeros (art. 57)
ColectivoAccesoLímite
Nacionales de la UEEn igualdad con los españolesSalvo empleos que impliquen ejercicio del poder público o salvaguardia de los intereses del Estado
Cónyuge no separado de derecho de español o de nacional UEEn igualdadMismo límite
Descendientes menores de 21 años o mayores dependientesEn igualdadMismo límite
Extranjeros con residencia legalSolo como personal LABORALNo pueden acceder como funcionarios
Cuidado en el examenLa edad mínima son 16 años, no 18. Es un dato que suele aparecer alterado. Y los extranjeros con residencia legal (fuera de la UE) solo pueden acceder al empleo LABORAL, no a la condición de funcionario.

3. Los sistemas selectivos

Idea claveTres sistemas. La oposición mide solo lo que demuestras en el examen; el concurso solo tu currículum; el concurso-oposición combina ambos, pero con una regla de oro.

La regla de oro del concurso-oposición

La fase de concurso NO puede tener carácter eliminatorio ni puede tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Es decir: los méritos suman al final y desempatan, pero jamás sirven para aprobar un examen que has suspendido.

Esta regla existe para garantizar que el mérito acreditado en pruebas objetivas prevalezca sobre la mera valoración curricular, que es más difícil de controlar.

El acceso del personal laboral

Se produce igualmente mediante convocatoria pública, a través de los mismos sistemas: oposición, concurso-oposición o concurso, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad. No es una vía de acceso 'más fácil' ni discrecional.

El RD 364/1995

Es el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la AGE. Su nombre largo te dice exactamente sus tres contenidos: cómo entras, cómo te mueves de puesto y cómo asciendes.

Los tres sistemas del art. 61 EBEP
SistemaEn qué consisteCuándo se usa
OposiciónUna o más pruebas que determinan capacidad y aptitud. El orden lo fijan solo los resultadosSistema ordinario
Concurso-oposiciónFase de pruebas + fase de valoración de méritos, en fases sucesivasMuy habitual
ConcursoSolo comprobación y valoración de méritosExcepcional, solo en los supuestos previstos por ley
Cuidado en el examenSi una pregunta afirma que en el concurso-oposición los méritos pueden compensar un examen suspenso, es falsa. La fase de concurso nunca es eliminatoria ni sirve para superar la oposición.

4. La Oferta de Empleo Público

Idea claveEs el anuncio de las plazas que se van a convocar. Tiene un plazo improrrogable de tres años para ejecutarse.

La Oferta de Empleo Público (OEP) es el instrumento por el que cada Administración planifica y hace pública su necesidad de personal: qué plazas vacantes, dotadas presupuestariamente, se compromete a cubrir. Debe ser aprobada por el órgano de gobierno competente y publicada en el diario oficial correspondiente, indicando el número y las características de las plazas por cuerpo, escala o categoría profesional.

El artículo 70 del EBEP fija un plazo clave: la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo IMPRORROGABLE de tres años. Es una garantía para los opositores: las plazas ofertadas no pueden quedarse indefinidamente sin convocar.

La tasa de reposición de efectivos

Es el mecanismo que limita cuántas plazas nuevas pueden incorporarse cada año a la Oferta de Empleo Público, en relación con las bajas producidas. Se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y es la razón por la que en algunos años se convocan muchas plazas y en otros muy pocas.

Cuidado en el examenLos 3 años del art. 70 son improrrogables y se refieren a la EJECUCIÓN de la Oferta, no a su aprobación. Además, ese mismo plazo de 3 años aparece en la interinidad por vacante: no los confundas, son cosas distintas aunque coincidan en la cifra.

5. Los órganos de selección

Idea claveEl tribunal debe ser imparcial y técnico. Por eso hay prohibiciones expresas sobre quién puede formar parte de él.

Cómo deben actuar

Con plena imparcialidad y profesionalidad, ajustándose a los principios de transparencia, agilidad y eficacia, y procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres.

Sus miembros actúan siempre a TÍTULO INDIVIDUAL: no representan a la Administración convocante, ni a organizaciones sindicales, ni a colegios profesionales. Esto es esencial y se pregunta con frecuencia.

Quién NO puede formar parte mayoritariamente (art. 60.2)

Requisito de titulación

Los vocales deben poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo, escala o categoría de que se trate. No tendría sentido que evaluara la aptitud de un titulado superior alguien con menor cualificación.

Abstención y recusación

Los miembros del tribunal deben ABSTENERSE (apartarse ellos mismos, notificándolo) cuando concurra alguna causa de las previstas en la Ley 40/2015: interés personal en el asunto, parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con algún aspirante, amistad íntima o enemistad manifiesta, entre otras.

Los aspirantes, por su parte, pueden promover la RECUSACIÓN de un miembro del tribunal por esas mismas causas. La diferencia está en quién toma la iniciativa: en la abstención, el propio miembro; en la recusación, el aspirante.

Adaptaciones para personas con discapacidad

El artículo 59.2 del EBEP permite solicitar las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas. Pero con un límite claro: esas adaptaciones no pueden desvirtuar el contenido de las pruebas ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

EjemploUn aspirante con discapacidad visual puede pedir el examen en braille y más tiempo para realizarlo (adaptación de medios y tiempo), pero no puede pedir que le reduzcan el temario o que le bajen la nota de corte.

6. El desarrollo del proceso y la toma de posesión

Idea claveLas bases son la 'ley del concurso' y atan a todos. Y superar el examen no es el final: hay tres pasos más hasta ser funcionario.

Las bases de la convocatoria

Se publican en el diario oficial correspondiente —el BOE en el caso de la Administración General del Estado— y, una vez publicadas y firmes, vinculan por igual a tres sujetos: a la Administración convocante, al órgano de selección y a todos los aspirantes. Por eso se las llama 'la ley del concurso': ni siquiera quien convocó puede saltárselas después.

Tipos de pruebas admisibles

Exámenes de conocimientos, pruebas de aptitud o psicotécnicas, cursos, periodos de prácticas, exposición curricular por los candidatos, entrevistas y otros sistemas que garanticen la objetividad y racionalidad del proceso.

Límite de aprobados

El órgano de selección no puede proponer un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, salvo cuando la propia convocatoria lo prevea expresamente. Si alguien renuncia antes del nombramiento, puede requerirse una relación complementaria con los siguientes de la lista.

Los cuatro pasos hasta ser funcionario de carrera

Cuidado en el examenQuien no presenta la documentación en plazo, o renuncia sin causa de fuerza mayor acreditada, PIERDE todos los derechos derivados de la superación del proceso. Aprobar no da un derecho indefinido a la plaza.

7. Promoción interna y movilidad

Idea claveLa promoción interna permite ascender desde dentro; la movilidad, cambiar de Administración sin perder la condición de funcionario.

Promoción interna

Permite a los funcionarios de carrera acceder a cuerpos o escalas del mismo o superior grupo o subgrupo de clasificación, siempre que posean la titulación requerida y superen las correspondientes pruebas selectivas. Suele articularse reservando un porcentaje de las plazas de la Oferta de Empleo Público para este turno.

El personal laboral fijo también puede participar en procesos de promoción interna hacia cuerpos y escalas de funcionarios, cuando reúna los requisitos exigidos.

Movilidad entre Administraciones

Se articula a través de los sistemas de provisión previstos, en el marco de los convenios de Conferencia Sectorial y demás instrumentos de colaboración entre Administraciones. El funcionario que obtiene destino en otra Administración queda, respecto de la de origen, en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas.

Planes de ordenación de recursos humanos

El artículo 69 del EBEP permite aprobar planes que incluyan medidas de movilidad, análisis de disponibilidades y necesidades de personal, medidas de promoción interna y de formación, entre otras, para adecuar la plantilla a las necesidades reales del servicio.

8. El régimen de incompatibilidades

Idea claveRegla general: una sola remuneración con cargo a fondos públicos. Las excepciones están tasadas y siempre requieren autorización previa.

La Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, parte de un principio muy claro: nadie puede percibir más de una remuneración con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes.

El criterio general del artículo 1.3 es aún más amplio: el desempeño de un puesto público será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia. Es decir, no basta con que los horarios no coincidan: si la actividad compromete tu imparcialidad, es incompatible.

Reglas clave de la autorización de compatibilidad

Actividades exceptuadas

Entre las excepciones más relevantes están la producción y creación literaria, artística, científica y técnica; determinadas actividades docentes; y las actividades de investigación de carácter no permanente.

Limitaciones a la actividad privada

El artículo 11 prohíbe ejercer actividades privadas en los asuntos en que se esté interviniendo, se haya intervenido en los DOS ÚLTIMOS AÑOS, o se tenga que intervenir por razón del puesto público. Y las actividades privadas que exijan presencia efectiva durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria solo pueden autorizarse si el puesto público es de los prestados a tiempo parcial.

Cuidado en el examenIncumplir el régimen de incompatibilidades no es una simple irregularidad administrativa: constituye una FALTA DISCIPLINARIA, con las consecuencias sancionadoras que ello conlleva.
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